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¿Quiénes pagarán el impuesto a la renta personal?

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La abogada tributarista Nora Ruoti explicó que los que se deben preocupar por el Impuesto a la Renta Personal (IRP) son los que ganan tres salarios mínimos, pero además, los que venden un inmueble, vehículo o ganaron algún juego de azar.

A raíz de la confusión generada en torno al Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (IRP) la especialista en Tributación, Nora Ruoti, explicó que quienes se deben preocupar por pagar este impuesto son los que ganan tres salarios mínimos, pero no son los únicos.

Además, deben estar atentos quienes tienen planes de vender un terrero, vender un vehículo, ganaron una rifa, juego de azar o recibieron un anticipo de herencia, explicó la abogada.

Añadió además que los cónyuges que no son contribuyentes y no trabajan, también pueden incluirse dentro de la renta personal.

Según detalló la experta, la renta personal tiene dos caras, una es el ingreso y otra es el gasto deducible. Además, el anticipo de herencia que se da como regalo, ingresa como renta personal.

La especialista aclaró también que no hay ninguna prórroga par abonar el IRP. “Cualquier regalo que vos recibas importante entra dentro de la renta personal”, dijo Ruoti, al tiempo de añadir que, por ejemplo, si alguien vende un terreno en G. 50 millones, entra dentro del rango de contribuyente y se toma el 100 % del monto comercializado para calcular el impuesto, que es del 8 % para los que ganan entre tres y diez salarios mínimos mensuales. en tanto que los que ganan más pagan el 10%.

“Si ya sos contribuyente y vendes un immueble, pagas renta personal, y si no sos contribuyente, suma para tu rango incidido, probablemente a partir del año que viene seas contribuyente”, explicó Ruoti.

Recordemos que las personas que ganen al mes G. 6.340.000, tres salarios mínimos, tendrán que prepararse para pagar Impuesto a la Renta Personal en el 2019. Pero eso no significa que desde enero ya se tenga que empezar a juntar y guardar las facturas de compras.

Esto, debido a que a partir del 2019, el rango de incidencia para el IRP baja a 36 salarios mínimos anuales, poco más de G. 76.000.000. Aquellas personas cuyos ingresos lleguen a ese monto deberán tributar el 8% de la diferencia entre sus ingresos y egresos, según establece la Ley Nº 2421/04 que crea el Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal (IRP).

Pero, según explicaron desde la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) primero se tiene que alcanzar los 36 salarios mínimos para que la persona se inscriba en el Registro Único del Contribuyente (RUC). Eso significa que los que ganan un promedio de tres salarios mínimos al mes, aún no tienen la obligación de guardar sus facturas ni de llevar un registro contable, pues recién cerca de fin de año llegarán al rango de incidencia.

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